domingo, 29 de junio de 2008

Un Caníbal a la cárcel

El conocido como "caníbal de Roteburgo", Armin Meiwes fue condenado a cadena perpetua por asesinato, con el "extra" de haberlo descuartizado y luego comido, todo en virtud de una fantasía sexual mutua. La defensa de este alemán se basaba completamente en la voluntariedad de la muerte de la otra persona; ya que, a fin de cuentas, se puso en contacto con él para llevar a cabo estos hechos de gastronomía macabra, con todos los tintes sexuales que tiñen una historia de "interesante" pero todo el morbo que pueden despertar.

Todo comenzó cuando Armin, puso un anuncio en Internet en que buscaba una persona que quisiera ser devorada (literalmente). Un ingeniero de 43 años, Bernd J. Brandes, respondió al llamado, él deseaba que se lo comieran. El Comercio, en un artículo algo flojo, nos cuenta que “Según un sexólogo, las fantasías de canibalismo de Armin Meiwes provienen de su fetichismo por la carne de hombre muerto. Al parecer, sólo conseguía excitarse sexualmente imaginándose que cortaba carne humana”, obviamente, el sujeto no manifestaba sus deseos de convertirse en un antropófago. Es normal, la gente de a pie calla, totalmente, los deseos que no suelen ser vistos como “normales”.

Este caso de por sí no parece interesante, puesto que simplemente hablamos de un “asesino”. Esto lo digo sí es que nos olvidamos de la voluntariedad que hay en todo este juego. Incluso, en el 2004 la condena (luego el Tribunal Federal Supremo sentenció que el proceso debía repetirse por no haber valorado “convenientemente” algunas pruebas) fue de Homicidio, no de Asesinato (es distinto, el asesinato tiene una pena mayor por contar con un desvalor más alto por la premeditación del acto).

En el encuentro que mantuvo Armin Meiwes con Bernd Jürgen Brandes, el primero cortó el pene del segundo, lo “pasó por la sartén” y ambos lo comieron (sí, juntos, estos eran los deseos de Brandes), luego, cuando el sujeto amputado estaba moribundo, Meiwes “remató” la faena, descuartizándolo luego, enterrando en su jardín partes del compañero del festín y congelando otras, para poder comerlas en otros momentos (una persona tiene mucha carne). ¿Suicidio asistido? ¿Hasta qué punto estamos ante la crónica de una muerte querida? ¿Si el sujeto agonizante se hubiera suicidado estaríamos hablando de un hecho no condenable penalmente? Bueno, sí, como asistencia al suicidio, pero nada más, aunque suene muy pero que muy raro.

En realidad, si existe consentimiento no deberíamos hablar, en ningún caso, de homicidio o asesinato. La víctima ha sido totalmente consciente de lo que pasó. Si tiene alguna psicopatía (al menos clara) que impida la decisión libre del suicidio (asistido), no estaríamos ante una prestación voluntaria. Podemos argumentar directamente en que no es posible que exista voluntad de suicidio, que él mismo no puede considerarse voluntario (puesto que se configura ante unos hechos externos que “obligan” a actuar de una forma determinada). Pero debemos descartar esta opción por… pues, por todo lo que se dice en los ámbitos neurológicos, se concluye que el suicidio sí puede ser un acto voluntario.

Otra cuestión es la inducción al suicidio y la asistencia al mismo, ambas conductas usualmente penalizadas, puesto que existen verdaderas resistencias a considerar que una persona puede decidir morir (en condiciones “normales”) y otra a ayudarle a realizarlo, o esa “inducción”, que a fin de cuentas es convencer a una persona que debe suicidarse está casi en el asesinato mediato (sobre todo cuando existe la obligación de ayudar a quien está en peligro, y qué mayor peligro que el de muerte).

Así pues, en este caso (donde no se le juzgó por comerse al compañero, sino “sólo” por matarlo) estaríamos ante una asistencia al suicidio. No podemos olvidar el grado de voluntad del muerto, que participó en una actividad caníbal deseada por ambos (de claro contenido sexual), porque el encuentro no fue dado por coacción. Los médicos dicen que Armin tiene una patología intratable, que es un peligro social y que comerá otra vez carne humana si puede. Hasta ahora sólo lo ha hecho con personas voluntarias, con lo que sabemos que no es violento (increíble ¿no?), pero sí es un peligro, como muchos otros “locos”. Así pues, la sentencia no debió ir por la pena de cárcel, sino por el internamiento en un psiquiátrico, por asistencia al suicidio (de homicidio a lo mucho, el asesinato no me parece defendible) y por la peligrosa locura que mueve su apetito sexual. Un caso muy interesante, la verdad.

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